La entrega de la COA significa el refrendo anual de la Licencia de Funcionamiento del establecimiento, por lo que el hecho de no entregarla tiene como consecuencia tramitar una nueva Licencia de Funcionamiento ante la Secretaría. Lo anterior de conformidad con lo señalado en el artículo 18 párrafo 1 y 2 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO