Capacitación en Condiciones técnicas elevadas o abatidas.

El curso pretende dar conocimiento y herramientas para establecer las condiciones de seguridad e higiene, los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas, que, por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.

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Resumen NOM-015-STPS-2001

Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad e higiene, los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas (elevadas o abatidas), que por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores. DOF

Campo de aplicación: Rige en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo donde exista exposición de trabajadores a condiciones térmicas provocadas por fuentes que generen que la temperatura corporal central sea inferior a 36°C (abatida/frío) o superior a 38°C (elevada/calor).

Obligaciones del patrón:

  • Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando así lo solicite, la documentación que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer, tales como registros de reconocimiento, evaluación y control.
  • Informar a los trabajadores de los riesgos de trabajo por exposición a temperaturas extremas, mostrando evidencias como circulares, folletos, carteles, constancias de capacitación u opiniones de los propios trabajadores.
  • Realizar el reconocimiento, evaluación y control de los riesgos térmicos en las áreas donde se presentan, registrando y actualizando esta información cuando cambien procesos, equipos o jornadas de trabajo.
  • Elaborar por escrito y mantener actualizado un informe que contenga el registro del reconocimiento, evaluación y control de las áreas expuestas a condiciones térmicas extremas, incluyendo:
    • Relación del Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) con áreas, puestos de trabajo, tiempos y frecuencia de exposición.
    • Descripción de actividades y ciclos de trabajo del POE en cada puesto.
  • Aplicar el procedimiento de evaluación establecido en la norma conforme a las condiciones térmicas encontradas (elevadas o abatidas).
  • Medir la temperatura axilar del POE al inicio y al término de cada ciclo de exposición para determinar el régimen de trabajo.
  • Determinar el tiempo de exposición del trabajador considerando el tipo de condición térmica extrema a la que se exponga, usando los métodos y tablas especificados en la norma.
  • Proporcionar sin costo al Personal Ocupacionalmente Expuesto el equipo de protección personal adecuado según lo establece la NOM-017-STPS-2001 (ropa térmica, sombreros, botas, guantes, según sea el caso).
  • Señalizar y restringir el acceso a zonas peligrosas por temperaturas extremas, conforme a la NOM-026-STPS-2008 (señales de precaución, prohibición y obligación).
  • Capacitar a los trabajadores sobre los riesgos de exposición a temperaturas extremas y las medidas preventivas y de control implementadas.
  • Realizar vigilancia de la salud del POE, que incluye exámenes médicos iniciales, periódicos y de egreso.

Obligaciones de los trabajadores (Personal Ocupacionalmente Expuesto):

  • Participar en las actividades de capacitación que imparta el patrón sobre riesgos térmicos.
  • Cumplir con las medidas de seguridad e higiene establecidas para controlar exposición a temperaturas extremas.
  • Usar correctamente el equipo de protección personal proporcionado por el patrón.
  • Permitir la medición de su temperatura axilar para evaluación conforme a la norma.
  • Reportar al patrón o supervisor cualquier síntoma de lesión térmica o condición insegura relacionada.
  • Someterse a los exámenes médicos que determine el patrón.

Límites máximos permisibles de exposición:

  • Para condiciones térmicas elevadas (calor): se establecen regímenes de trabajo con tiempos máximos de exposición y períodos de descanso según la carga térmica y actividades realizadas.
  • Para condiciones térmicas abatidas (frío): se establecen límites de exposición a temperaturas bajas según tipo de actividad y duración.
  • La norma especifica que la temperatura corporal central no debe ser inferior a 36°C ni superior a 38°C durante el trabajo.

Riesgos prevenidos (por tipo de condición térmica):

  • Condiciones elevadas: golpe de calor, deshidratación, insolación, agotamiento por calor, fatiga térmica, síncope, calambres, irritabilidad, reducción de capacidad mental.
  • Condiciones abatidas: hipotermia, congelamiento, entumecimiento, pérdida de destreza motora, disminución de la capacidad cognitiva.

Métodos de evaluación y procedimientos: La norma detalla procedimientos específicos para medir condiciones térmicas usando termómetros de bulbo húmedo y seco (TGBH), registros en hojas de campo, determinación del régimen de trabajo mediante tablas A1 (calor) y procedimientos para frío, considerando factores como metabolismo, duración de ciclos y aclimatación del trabajador.

Sanciones: El incumplimiento de esta norma puede derivar en multas de la STPS que van de 50 a 5,000 UMAs (Unidades de Medida y Actualización), lo que para 2026 equivale a aproximadamente $5,865 a $586,500 pesos; en casos graves de riesgo laboral, la STPS puede clausurar temporalmente las áreas de trabajo afectadas hasta demostrar cumplimiento.

DESCRIPCIÓN

El curso pretende dar conocimiento y herramientas para establecer las condiciones de seguridad e higiene, los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas, que, por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.

¿CONTENIDO TEMÁTICO DEL CURSO?

  • Introducción
  • Definiciones.
  • Obligaciones del patrón y de los trabajadores ocupacionalmente expuesto
  • Reconocimiento, evaluación y control
  • Límites máximos permisibles de exposición

¿CUÁL ES LA DURACIÓN DEL CURSO?

4 Horas

¿QUÉ TÉCNICAS DESARROLLARÉ EN ESTE CURSO?

El participante aprenderá a realizar procedimientos en tiempos permisibles expuestos a condiciones térmicas extremas, evalúa las condiciones térmicas, conoce sus limitaciones, aprende a usar y dar mantenimiento a su equipo de protección personal para prevenir riesgos, toma registros de la actividad de campo o sistema electrónico por cada trabajador expuesto.

¿CUÁLES SON LOS CUMPLIMIENTOS NORMATIVOS CON LOS QUE CUENTA EL CURSO?

Se basan en los lineamientos estipulados por la Secretaría del Trabajo y Prevención social, en la NOM-015-STPS-2001, Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de seguridad e higiene.

¿QUÉ COMPROBANTE TENDRÉ AL FINALIZAR EL CURSO?

Al finalizar este curso serás acreedor a una constancia o reconocimiento y DC3.

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE EL CURSO?

Los beneficios que obtienes con este curso principalmente es cumplir los requerimientos de la norma presente, además de los conocimientos necesarios para el trabajo técnico en condiciones térmicas elevadas o abatidas, utilizando las medidas se seguridad e higiene para el cuidado de uno mismo, sea en un entorno laboral o cotidiano.