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Asesoría para la Cédula de Operación Anual Federal en Tijuana | COA Federal en Tijuana

Medio Ambiente

El trámite sirve para reportar las emisiones y transferencias de los establecimientos sujetos a reporte de competencia federal: fuentes fijas de jurisdicción federal, grandes generadores de residuos peligrosos, prestadores de servicios de manejo de residuos, los que descarguen aguas residuales a cuerpos receptores que sean aguas nacionales y los que generan 25,000 toneladas o más de Bióxido de Carbono Equivalente (tCO₂e) de emisiones de Compuestos y Gases Efecto Invernadero (CyGEI) de los sectores productivos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en materia de Registro Nacional de Emisiones (RENE).

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Introducción COA Federal en Tijuana

Cédula de Operación Anual Federal en Tijuana

La Cédula de Operación Anual Federal en Tijuana (COA Federal) es el primer instrumento de seguimiento, reporte y recopilación de información para la integración de la base de datos del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Así, el RETC integra la información sobre las emisiones y transferencias de contaminantes y sustancias al aire, agua y suelo de los establecimientos industriales. Este registro ofrecerá información actualizada para la contribución en la definición de políticas ambientales, conocimiento del desempeño ambiental del sector industrial y acceso al público a información ambienta de interés social. Ademas de la información contenida en la COA, el RETC se integra con información de documentos, autorizaciones, cédulas, informes, reportes, licencias, permisos y concesiones que en materia ambiental se tramiten ante la secretaria.

COA EN TIJUANA, CÉDULA DE OPERACIÓN ANUAL TIJUANA

La información contenida en la COA Federal permite al sector industrial detectar áreas de oportunidad para establecer las acciones de solución a problemas específicos en el proceso productivo y también para la planeación ambiental.

Debido al enfoque multimedios del formato de la COA Federal, la empresa podrá analizar la información y definir prioridades en procesos que promuevan el uso de tecnologías limpias que solucionen problemas ambientales integrales específicos.

Esto le permitirá ampliar el concepto de tecnologías limpias y evaluar, sobre bases firmes y conociendo toda la información ambiental de su establecimiento desde modificar prácticas o procedimientos, la conveniencia de también sustituir materias primas y sustancias peligrosas que disminuyan el deterioro ambiental y obtener productos verdes. La reestructuración o modernización de los procesos permitirá la racionalización y el adecuado uso de agua, energía y combustibles; además de considerar la reutilización, el reciclado, coprocesamiento o tratamiento de residuos y subproductos, antes de llegar a la disposición final.

PREGUNTAS FRECUENTES DEL COA FEDERAL EN TIJUANA

GPRODASE TE ASESORA

Si su  actividad de tu empresa está considerada en los siguientes supuestos, tienes la obligación de presentar la COA:

  1. Cuando tu establecimiento sea una Fuente Fija de Jurisdicción Federal en materia de Atmósfera, establecidas en el artículo 111 Bis párrafo 2° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y esté considerada en  los subsectores establecidos en los artículos 17 Bis y 21 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera:

o    Las industrias: química, hidrocarburos, pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio, generación eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos

o    Si tu empresa cuenta con una Licencia Ambiental Única o Licencia de Funcionamiento otorgada por la SEMARNAT.

  1. Si tu establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales: ríos, mares, barrancos, etc. (Artículo 9 del Reglamento de la LGEEPA en