Materia en Fuentes Fijas

El curso pretende dar conocimiento y herramientas sobre la importancia del control de la contaminación atmosférica al igual que las disposiciones legales que se establece en materia de fuentes fijas como la NOM-085-ECOL-1994 que utilizan combustibles fósiles, sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión. Curso impartido por instructores acreditados.

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DURACIÓN

4 HORAS

CONTENIDO SUBCATEGÓRICO

  • NOM-075-SEMARNAT-1995, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles provenientes del proceso de los separadores agua-aceite de las refinerías de petróleo.
  • NOM-148-SEMARNAT-2006, Contaminación atmosférica – recuperación de azufre proveniente de los procesos de refinación de petróleo.
  • NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005, Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental.
  • NOM-137-SEMARNAT-2003, Contaminación atmosférica. – Plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos. – Control de emisiones de compuestos de azufre.
  • NOM-040-SEMARNAT-2002, Protección ambiental-fabricación de cemento hidráulico-nivéles máximos permisibles de emisión a la atmósfera.
  • NOM-123-SEMARNAT-1998, Que establece el contenido máximo permisible de compuestos orgánicos volátiles (COVs), en la fabricación de pinturas de secado al aire base disolvente para uso doméstico y los procedimientos para la determinación del contenido de los mismos en pinturas y recubrimientos.
  • NOM-105-SEMARNAT-1996, que establece los niveles máximos permisibles de emisiones a la atmósfera de partículas sólidas totales y compuestos de azufre reducido total provenientes de los procesos de recuperación de químicos de las plantas de fabricación de celulosa.
  • NOM-121-SEMARNAT-1998, Que establece el contenido máximo permisible de compuestos orgánicos volátiles (COVS), en la fabricación de pinturas de sacado al aire base disolvente para uso doméstico y los procedimientos para la determinación del contenido de los mismos en pinturas y recubrimientos.
  • NOM-097-SEMARNAT-1995, que establece los límites máximos permisibles de emisión a la atmósfera de material particulado y óxidos de nitrógeno en los procesos de fabricación de vidrio en el país.
  • NOM-092-SEMARNAT-1995, Que regula la contaminación atmosférica y establece los requisitos, especificaciones y parámetros para la instalación de sistemas de recuperación de vapores de gasolina en estaciones de servicio y de autoconsumo ubicadas en el Valle de México.
  • NOM-093-SEMARNAT-1995, que establece el método de prueba para determinar la eficiencia de laboratorio de los sistemas de recuperación de vapores de gasolina en estaciones de servicio y de autoconsumo.
  • NOM-075-SEMARNAT-1995, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles provenientes del proceso de los separadores agua-aceite de las refinerías de petróleo.
  • NOM-085-SEMARNAT-1994, contaminación atmosférica-fuentes fijas.- para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxidos de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión.
  • NOM-043-SEMARNAT-1993, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas.
  • NOM-039-SEMARNAT-1993, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido y trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico, en plantas productoras de ácido sulfúrico.
  • NOM-046-SEMARNAT-1993, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido de azufre, neblinas de tritóxido de azufre y ácido sulfúrico, provenientes de procesos de producción de ácido dodecilbencensulfonico en fuentes fijas.

¿QUÉ TÉCNICAS DESARROLLARÉ?

El participante será capaz de, dirigir procedimientos que sean de su competencia al igual que podrá identificar las normas aplicables en materia de fuentes fijas y las condiciones en que se debe trabajar de acuerdo a la normatividad al igual planificar medidas de prevención de riesgos dentro del área de trabajo.

¿QUÉ COMPROBANTE TENDRÉ AL FINALIZAR EL CURSO?

Al finalizar este curso serás acreedor a una constancia o reconocimiento y DC3.

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE EL CURSO?

Con este curso obtienes conocimiento sobre la importancia de establecer responsabilidades y obligaciones de materia de fuentes fijas, y de igual manera el mantener los lineamientos de acuerdo con las normas ambientales de emisiones a la atmosfera que preserva una mejor calidad de vida ante tu persona y el de los demás.